Ana VázquezLos letrados del Congreso avalan la apertura de un expediente sancionador a la diputada del PP que llevó spray de pimienta
Los letrados del Congreso han considerado que existen motivos para abrir un expediente sancionador a la diputada del PP Ana Vázquez, después de que en el último Pleno exhibiera un bote de gas pimienta en el hemiciclo y fuera obligada a desalojar el Salón de Plenos. Los servicios jurídicos de la Cámara han concluido que el spray, aunque se trate de un producto de autodefensa, se considera legalmente un arma y que su tenencia está prohibida por el Reglamento del Congreso.
El informe de los letrados, al que ha tenido acceso Europa Press, señala que el Reglamento sanciona el hecho de “portar” un arma dentro del recinto parlamentario, sin que sea necesario que esta haya sido utilizada o empleada como amenaza. Los servicios jurídicos han apuntado además que no existen precedentes en la historia parlamentaria de la Constitución de un caso similar relacionado con la presencia de un arma en el hemiciclo.
La presidenta del Congreso, Francina Armengol, ha justificado la expulsión de la diputada apelando al artículo 101 del Reglamento de la Cámara. Este precepto establece la posibilidad de aplicar la “suspensión temporal en la condición de diputado o diputada por razón de disciplina parlamentaria” a quienes porten armas dentro del recinto parlamentario.
La decisión de abrir formalmente el expediente sancionador corresponde a la Mesa del Congreso, que se reúne este martes. El informe de los letrados ha señalado que existen motivos para iniciar este procedimiento, aunque ha precisado que antes de plantear una posible sanción la Cámara debe escuchar a la diputada afectada.
Vázquez tendrá derecho a presentar alegaciones durante el procedimiento. Los servicios jurídicos han señalado que, en caso de que la Mesa termine proponiendo una suspensión de la diputada, deberá tener en cuenta “la proporcionalidad y la necesidad de motivación” de la medida. La eventual propuesta de sanción deberá ser votada posteriormente por el Pleno del Congreso en una sesión a puerta cerrada. En ese caso, la propia diputada afectada no podrá participar en la votación.