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La jueza que archivó el caso de corrupción de la 'número tres' de Ayuso rechaza el recurso del PSOE sin aportar argumentos

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La magistrada Marta Hernández Lafuente, titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Navalcarnero, ha rechazado los recursos presentados por la acusación popular del PSOE contra su decisión de archivar el caso de corrupción contra la número 3 de Ayuso en el PP de Madrid, Ana Millán. En un auto al que ha tenido acceso elDiario.es, Hernández Lafuernte despacha el recurso de los socialistas sin detenerse a contradecir los argumentos presentados por la acusación popular y ciñéndose a que “las alegaciones efectuadas por la recurrente no desvirtúan la legalidad de la resolución impugnada”.

El recurso de los socialistas era de reforma, ante la propia magistrada, y de apelación, ante la Audiencia Provincial en caso de que esta lo rechazara, así que ahora el caso queda en manos de los jueces de la segunda instancia.

Marta Hernández Lafuente es la última de los siete instructores que ha tenido el caso de corrupción de Ana Millán y archivó el caso en marzo al considerar que “no ha quedado acreditada la existencia de indicios racionales de comisión” de los cuatro delitos que le atribuyeron la Fiscalía, los anteriores jueces del caso, las acusaciones populares y la Unidad Central Operativa (UCO). Hernández Lafuente no solo archivó el caso sino que, en una afirmación del todo inusual, recordó que los “perjudicados”–Millán y el empresario Francisco Roselló– podían ejercer ahora “acciones civiles”.

Las acusaciones populares recurrieron –Más Madrid también ejerce esta figura– la decisión de archivo de la jueza, que estuvo apoyada por la Fiscalía después de que el Ministerio Público que había liderado las acusaciones contra la ex alcaldesa de Arroyomolinos durante años cambiara radicamente de opinión.

En el año 2008, recuperaba el recurso del PSOE, “la investigada alquiló su ático a un precio del doble de mercado a una empresa del señor Roselló [el empresario imputado], su pareja empezó a trabajar para una empresa del señor Roselló, su hermana también empezó a trabajar. para otra empresa del señor Roselló, y la investigada ingresó en efectivo cantidades significativas de dinero no declarado en sus cuentas corrientes”.

“Todo lo anterior –prosigue– se da en el año que el señor Reselló empezó a trabajar con el Ayuntamiento de Arroyomolinos, y se mantienen todos esos pagos mientras hay adjudicaciones de cientos de miles de euros hasta que se terminan los contratos a favor del señor Roselló y sus empresas. No es una anecdótica coincidencia, sino un cúmulo de no coincidencias, siendo, además, técnicas habituales par el cobro de dádivas en este tipo de delitos”. “Los indicios son demoledores”, apostillaba.

Ahora, la magistrada vuelve sobre sus argumentos para archivar el caso: “En virtud de las razones ya expuestas en el auto recurrido y que por economía procesal no se vuelven a reproducir, y de conformidad con la argumentación contenida en el informe del Ministerio Fiscal es por lo que procede mantener la resolucion de sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones”.

Hernández Lafuente insiste igualmente en su decisión de archivar sin llamar a declarar al marido de Ana Millán, responsable de los ingresos en metálico de origen desconocido que encontró la UCO, otro de los actores impulsores de la investigación. Tampoco considera necesario llamar a declarar a la testigo que presenciaba los contactos entre Ana Millán y el empresario investigado.