Las personas que tengan reconocida una prestación contributiva por desempleo antes del 1 de abril de 2025 podrán seguir percibiéndola de forma parcial al iniciar un trabajo. La medida, recogida por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), abre la posibilidad de mantener el paro como complemento de ingresos, tanto en empleos a tiempo parcial como, en determinados supuestos, también en jornada completa.
Un cambio importante
El cambio normativo supone un giro importante respecto al sistema vigente. Hasta ahora, la compatibilidad entre paro y empleo solo estaba prevista para contratos a tiempo parcial, con una deducción proporcional de la ayuda en función de las horas trabajadas. Con el nuevo esquema, quienes tengan una prestación de al menos 14 meses de duración, reconocida antes de la fecha de corte, podrán transformarla en un Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) una vez transcurridos los primeros nueve meses de cobro, siempre que a partir de entonces accedan a un contrato a jornada completa.
El SEPE subraya que esta compatibilidad no se concede de manera automática. La persona interesada debe solicitarla en los 15 días hábiles siguientes al inicio del contrato para que surta efecto desde el primer día. Si la petición se presenta fuera de plazo, el derecho solo se activará desde la fecha de registro, siempre y cuando la relación laboral siga vigente. No hacerlo implicará la suspensión o, en algunos casos, la extinción de la prestación.
Las condiciones de acceso
Las condiciones de acceso están tasadas. No se podrá compatibilizar la prestación con empleos en empresas afectadas por un expediente de regulación de empleo, ni con aquellas en las que se haya trabajado durante los doce meses previos. Tampoco se admiten contrataciones en las que exista parentesco hasta segundo grado con la persona empresaria o con quienes ostenten cargos de dirección o administración de la sociedad. Además, la compatibilidad está expresamente vetada a quienes cobran el paro tras un ERTE o en el marco del Mecanismo RED.
El esquema prevé también supuestos en los que la jornada completa resulte de varios contratos a tiempo parcial. En estos casos, si se produce el cese en alguno de ellos y la suma de horas queda por debajo del 100%, el CAE debe suspenderse y comunicarse al SEPE. Si esa finalización parcial responde a una situación legal de desempleo, la persona podrá seguir cobrando la prestación, esta vez vinculada al trabajo parcial que mantenga, con la correspondiente deducción proporcional.
Situación legal de desempleo, la pieza clave
El concepto de “situación legal de desempleo” se convierte en pieza central de este mecanismo. Bajo esta fórmula se engloban las causas de finalización o suspensión de un contrato que no dependen de la voluntad del trabajador o trabajadora: desde un despido a la expiración de un contrato temporal, pasando por la no superación del periodo de prueba o el cierre de la empresa. También se incluyen circunstancias específicas como el cese en cooperativas por causas económicas, la salida forzada del empleo del hogar o la decisión de abandonar un puesto tras sufrir violencia de género o sexual.
La norma contempla, asimismo, situaciones derivadas de la decisión de la persona trabajadora cuando concurren causas graves: modificaciones sustanciales en la jornada o el salario, impagos reiterados, traslados forzosos que obligan a cambiar de residencia o pérdida de confianza en el ámbito del empleo doméstico por conductas acreditadas. Incluso el retorno de emigrantes españoles desde el extranjero figura en la lista de supuestos que permiten mantener la protección.
En conjunto, el nuevo Complemento de Apoyo al Empleo busca reforzar la transición desde el paro hacia el trabajo, evitando que las personas se vean obligadas a elegir entre ingresar un salario o mantener su prestación. El reto ahora es doble: garantizar que el procedimiento de solicitud sea ágil y accesible, y que las personas beneficiarias estén debidamente informadas para no perder un derecho que, en muchos casos, puede suponer un apoyo decisivo en la reincorporación al mercado laboral.