El Ministerio de la Seguridad Social ha iniciado los trámites para reformar la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave (CUME), con varias medidas para ampliar su percepción y clarificar los requisitos para su reconocimiento. La reforma llega tras las persistentes denuncias de colectivos de familias de menores enfermos, como ASFACUME, que critican las negativas injustificadas y diferencias de trato en varias mutuas.
La conocida popularmente como CUME es una prestación económica de la Seguridad Social destinada a los progenitores, adoptantes o acogedores que reducen su jornada de trabajo (mínimo un 50%) para el cuidado del menor a su cargo afectado por cáncer u otra grave enfermedad.
El departamento dirigido por Elma Saiz ha subido este martes a Audiencia Pública un texto del Real Decreto para reformar la regulación de la prestación CUME, que derogará el anterior, de 2011. La fecha límite para la presentación de aportaciones es el próximo 25 de junio. Al tratarse de un real decreto, el Gobierno tiene la facultad de aprobar estas medidas en solitario, sin pasar por el Parlamento.
El Gobierno justifica la nueva norma por las propias peticiones de las familias y el Defensor del Pueblo, así como por “la experiencia acumulada en la gestión de la prestación”, que “ha evidenciado determinadas cuestiones interpretativas y operativas que requieren una nueva reforma reglamentaria”.
Nuevas enfermedades como el autismo
Entre las novedades que ampliarán el acceso a esta ayuda el real decreto actualiza el listado de enfermedades graves que permiten el acceso a la prestación, incorporando nuevas patologías. En concreto, se incluyen el trastorno del espectro autista –ya reconocido en tribunales– y el síndrome del neurodesarrollo Poirier-Bienvenu.
Además, se prevé la posibilidad de actualizar dicho listado mediante norma reglamentaria “cuando así lo aconsejen los avances científicos o médicos”.
Más meses de reconocimiento inicial y prórrogas
También se reconoce la prestación CUME durante más meses en el reconocimiento inicial y en las prórrogas posibles, “con el fin de responder a las demandas formuladas por las familias y asociaciones representativas”, apunta el decreto, “configurando un sistema más flexible y ajustado a la realidad clínica de las enfermedades graves”.
En la actualidad el subsidio se reconoce “por un periodo de un mes, prorrogable inicialmente por un periodo de dos meses y sucesivos de cuatro meses”. El decreto que pretende aprobar la Seguridad Social recoge que el subsidio se reconocerá “por un periodo de cuatro meses, prorrogable inicialmente por un periodo de seis meses y sucesivos de ocho meses”.
Situaciones asimilables al ingreso hospitalario
Se incorpora también de forma expresa el derecho a la ayuda en determinadas situaciones asistenciales equivalentes o “asimilables” a un ingreso hospitalario de larga duración, sin exigir este obligatoriamente. “Incluyendo supuestos de hospitalización domiciliaria y tratamientos ambulatorios complejos que, aun sin requerir hospitalización convencional, implican la necesidad de un cuidado directo, continuo y permanente por parte de las personas progenitoras, guardadoras o acogedoras”, recoge el texto.
“Esta actualización permite reforzar la seguridad jurídica y garantizar una aplicación homogénea de la prestación en todo el territorio”, indica el Gobierno.
Posibilidad de cobro simultáneo por los dos progenitores
Además, la Seguridad Social incorpora la posibilidad de percibir de forma simultánea la prestación CUME por parte de los dos progenitores en determinados casos, ahora no disponibles.
Se establece el acceso a la ayuda a los dos progenitores cuando “exista más de una persona afectada por una enfermedad grave que requiera un cuidado directo, continuo y permanente”, siempre que cada una de ellos cumpla los requisitos exigidos y la reducción de jornada se refiera al cuidado de personas distintas.