Economía

Bruselas simplifica la tributación del comercio transfronterizo para que las empresas se ahorren 8.000 millones

Bruselas simplifica la tributación del comercio transfronterizo para que las empresas se ahorren 8.000 millones

La Comisión Europea sigue la estela para simplificar las normas tributarias de la UE y reducir las cargas sobre las empresas. Este miércoles ha adoptado dos iniciativas para modernizar el marco europeo de imposición directa y reforzar la competitividad del Mercado Único que, según Bruselas, va a permitir a las compañías europeas ahorrar alrededor de 8.000 millones de euros al año, de los cuales 3.300 millones corresponderán a costes administrativos.

El comisario de Economía, Valdis Dombrovskis, ha asegurado que “Europa necesita normas más simples para ofrecer mejores resultados. Nuestras propuestas de simplificación fiscal aportan soluciones que mejorarán radicalmente la claridad y la seguridad jurídica tanto para las empresas como para las administraciones tributarias. Reducirán los costes totales de cumplimiento para las empresas europeas en casi 8.000 millones de euros al año, incluidos 3.300 millones de euros anuales en costes administrativos. Con ello, el ahorro total derivado de nuestra agenda de simplificación supera ya los 18.000 millones de euros, lo que representa casi la mitad del objetivo fijado para este mandato”.

Sin embargo, varios expertos han lanzado dudas sobre el impacto que la relajación de controles puede provocar en los incrementos de elusión fiscal. Desde la Comisión se asegura que con la simplificación de las medidas se busca un equilibrio que no tiene se tiene que traducir en que las empresas adopten más estrategias para minimizar el pago de impuestos.

Exención de la retención en origen

Por un lado, el Ómnibus de Fiscalidad Directa simplifica las normas para mejorar el mercado interior mediante una exención de la retención en origen para todos los pagos transfronterizos de dividendos, intereses y cánones (royalties) entre empresas de la UE. Según la Comisión, al eliminar requisitos procedimentales previos y simplificar los procesos de devolución, esta medida facilitará la financiación, fomentará la inversión y reforzará la competitividad. Bruselas asegura que solo esta medida generará para los contribuyentes europeos ahorros y beneficios de 5.340 millones de euros anuales: la exención total de retenciones hará que el PIB de la UE aumente en un 0,04% a largo plazo.

En relación con los dividendos, los Estados podrán denegar la deducción de gastos de gestión ligados a una participación solo si esta es de al menos el 10%. Si esos costes se fijan a tanto alzado, no podrán superar el 5% de los beneficios distribuidos. Si se retiene el impuesto en exceso, se establece un plazo de solicitud de al menos dos años desde la distribución de beneficios y el Estado deberá reembolsarlo en un plazo máximo de un año.

Este Ómnibus también elimina restricciones a la financiación de terceros y de mercado, facilitando que las empresas inviertan en el mercado interior y simplifica la norma de limitación de intereses de la Directiva contra la Elusión Fiscal (ATAD), eliminando determinadas opciones de aplicación y convirtiendo en obligatorio el umbral mínimo (). Estos cambios supondrán reducciones de costes administrativos y de cumplimiento superiores a 500 millones de euros al año.

Respecto a la reducción de la directiva de elusión fiscal, la deducción inmediata de gastos de capital en activos de I+D podrá hacerse en el año en que se incurre o en cualquiera de los cuatro periodos impositivos siguientes. Los activos deberán destinarse exclusivamente a I+D por un mínimo de tres años. Esta medida ahorrará unos 265 millones de euros anuales y aumentará el PIB europeo un 0,2% a largo plazo, según la Comisión.

La medida acaba con las disposiciones que se repiten entre las normas sobre Sociedades Extranjeras Controladas (CFC) y el impuesto mínimo global (Pilar Dos). Se calcula que la medida permitirá a las empresas ahorrar aproximadamente 160 millones de euros anuales en costes de cumplimiento. Las pequeñas y medianas empresas (pymes) quedarán exentas de esta norma, generando un ahorro de 90 millones de euros anuales.

La Comisión recuerda que el 99,8% de las empresas de la UE son pymes y solo el 10% de estas pequeñas compañías tiene actividades transfronterizas, solo un 2% tiene filiales fuera de la UE y un 42% son entidades independientes sin empresas asociadas.

En cuanto a la limitación de intereses, se fija un límite estricto de deducción del 30% del Ebitda (beneficio bruto de explotación de una empresa, sin tener en cuenta los gastos financieros, los impuestos ni el desgaste de los activos) para toda la UE. Se establece un derecho obligatorio de deducción de tres millones de euros, que será de obligado cumplimiento en los primeros tres años desde la entrada en vigor de la norma. Esto excluirá de facto a las Pymes, ahorrándoles 69 millones de euros anuales, mientras que los préstamos para productos de defensa quedarán excluidos si se formalizan en los primeros cinco periodos impositivos (años) tras la fecha de aplicación. La Comisión añade que la limitación no se aplicará si el Ebitda de la empresa experimenta una caída de al menos un 50% en un año fiscal respecto al anterior.

Menos obligaciones de información para las empresas

Por otro lado, se ha aprobado la refundición de la Directiva sobre Cooperación Administrativa (DAC) para simplificar las obligaciones de información en materia de cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad directa. Al integrar la DAC y sus ocho modificaciones en un único texto legal, la normativa será más fácil de utilizar, según la Comisión.

Las medidas clave son la eliminación de las obligaciones de información para los grupos multinacionales sujetos al tipo mínimo del 15% establecido por las normas del Pilar Dos, lo que generará ahorros en costes de cumplimiento de aproximadamente 300 millones de euros.

También se elimina los requisitos de información para otras empresas de la UE respecto de determinados mecanismos fiscales transfronterizos que aportan un valor limitado a las administraciones tributarias, reduciendo en un 35% el volumen de declaraciones y permitiendo un ahorro anual de 40 millones de euros.

Además se eleva el umbral de declaración para las ventas de bienes realizadas en internet, eliminando las obligaciones de información para más de 10 millones de vendedores particulares, especialmente aquellos que venden artículos de segunda mano. Esta medida supondrá un ahorro en costes de cumplimiento de 678 millones de euros para las plataformas digitales.

Resolución de conflictos por doble imposición

Se agilizan los plazos procesales para la resolución de conflictos por doble imposición. Se sustituye la ambigua exigencia de “presentación simultánea” por una ventana estandarizada de 30 días naturales para enviar las quejas.Los contribuyentes disponen de un plazo de tres años para emitir una queja. Si una queja es rechazada, se otorgará un plazo de 30 días a la empresa afectada para corregir deficiencias. Cuando un Estado miembro requiera más información, la empresa afectada tendrá 3 meses para responder.

Los Estados miembros deberán adoptar las normativas antes del 31 de diciembre de 2028, para que la aplicación general comience el 1 de enero de 2029

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